Una finca se establece para definir cualquier tipo de inmueble que se encuentre delimitado y que posea un propietario y de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto Legislativo del 30 de octubre, para la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana en el artículo 26, que una finca es «la unidad de suelo o de edificación atribuida exclusiva y excluyentemente a un propietario o varios en proindivido, que puede situarse en la rasante, en el vuelo o en el subsuelo».
Cabe destacar que una finca puede ser clasificada como rústica, industrial o urbanizable, y en esta ocasión se hablará de la finca urbanizable para aprender cómo identificar si una finca es urbanizable o no.
¿Qué es una finca urbanizable?
Una finca urbanizable es aquella en la que es posible ejecutar un proyecto de construcción de vivienda, siempre y cuando esta cumpla con el Plan de Integración Urbana del municipio en la que se encuentra ubicada la finca.
Cómo identificar si una finca es edificable
El primer paso es saber en qué posición registral se encuentra la finca, y para ello solo hay revisar el registro de propiedad de la finca para saber el nombre del propietario y si este está libre de cualquier carga.
Después de verificar la información anterior, el siguiente paso es visitar el ayuntamiento del municipio correspondiente para saber la situación urbanística de la finca. Por lo general, solo basta con ir al departamento de urbanismo para obtener la información sobre si es posible o no edificar en la finca, la altura máxima admitida, servicios urbanos que están a disposición, accesos de rutas públicas, cercanía a líneas de alta tensión, entre otros que pudieran facilitar o complicar el proceso de construcción de la finca.
Es importante destacar que, si se demuestra que la finca es edificable, lo único que importa es que el suelo del terreno sea clasificado como solar por el ayuntamiento de la comunidad. Pero, ¿qué significa la catalogación de «solar»?
Solar
Cuando una finca recibe la catalogación de solar es porque se trata de un terreno que cubre con todas las normativas legislativas para permitir la construcción de una vivienda. En pocas palabras, al ser solar es sinónimo de edificabilidad.
Esto también se refiere a que el terreno cuenta con todos los servicios básicos, como agua, acceso peatonal, alumbrado público, suministro eléctrico, pavimento de aceras y calles, sistema de aguas residuales, entre otros.